África Oriental y Meridional

Eritrea: panorama fiscal

Uno de los dos únicos países que gravan a su diáspora por razón de la nacionalidad, mediante un gravamen del 2% sobre los ciudadanos en el exterior. Las tasas internas son progresivas y la administración es opaca.

Basada en la ciudadanía Última verificación julio de 2026Algunas cifras son indicativas

Los impuestos

IRPF (tipo máximo)
30%
Impuesto de sociedades
30%
Ganancias de capital
Incluidas en la renta ordinaria.
IVA / Impuesto sobre las ventas
5%
Dividendos (retención)
10%
Intereses (retención)
10%
Cánones (retención)
10%
Seguridad social (empleado)
Ninguno
Seguridad social (empleador)
Ninguno
Impuesto sobre el patrimonio
Ninguno.
Sucesiones / patrimonio hereditario
Ninguno.
Impuesto sobre bienes inmuebles
En principio se aplica un impuesto sobre la propiedad.
Otros
Eritrea aplica un impuesto de recuperación y rehabilitación del 2% sobre la renta mundial de los ciudadanos que viven en el extranjero, una práctica condenada en la Resolución 2023 (2011) del Consejo de Seguridad de la ONU.

Cómo funciona el sistema

Sistema fiscal
Basada en la ciudadanía
Ingresos extranjeros
Gravados (renta mundial)
Impuestos según la ciudadanía
Impuesto de salida
No
Normas CFC
No
CRS
No participante
Régimen especial
Impuesto de la diáspora del 2% sobre las rentas de los ciudadanos eritreos residentes en el extranjero

Los tipos que figuran debajo son cifras de referencia indicativas (marginal máximo, general y tipo de referencia), revisadas en 2026-07. Los tramos, los recargos y los impuestos estatales, provinciales o cantonales varían; considérelo un mapa de referencia, no asesoramiento.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo del impuesto sobre la renta en Eritrea?

El tipo marginal máximo del impuesto sobre la renta personal en Eritrea es 30%. Tramos progresivos que llegan al 30% sobre la renta salarial.

¿Cuál es el tipo del impuesto de sociedades en Eritrea?

El tipo nominal del impuesto de sociedades es 30%.

¿Grava Eritrea las plusvalías?

Plusvalías para personas físicas: Incluidas en la renta ordinaria..