Norteamérica y Centroamérica

El Salvador: panorama fiscal

Una economía dolarizada, con un impuesto corporativo territorial y un impuesto sobre la renta de hasta 30%. Bitcoin perdió su condición de moneda de curso legal en 2025, pero el Estado todavía conserva una reserva de BTC.

Territorial Última verificación julio de 2026

Los impuestos

IRPF (tipo máximo)
30%
Impuesto de sociedades
30%
Ganancias de capital
10% fijo (se grava como renta ordinaria si el activo se vende dentro de los 12 meses siguientes a su adquisición)
IVA
13%
Dividendos (retención)
5%
Intereses (retención)
20% (10% para instituciones financieras registradas)
Cánones (retención)
20% (30% si se paga a una jurisdicción considerada paraíso fiscal)
Seguridad social (empleado)
~10% (ISSS 3% + pensión AFP 7.25%)
Seguridad social (empleador)
~16% (ISSS 7.5% + pensión AFP 8.75%)
Impuesto sobre el patrimonio
Ninguno
Sucesiones / patrimonio hereditario
Ninguno
Impuesto sobre bienes inmuebles
No hay impuesto recurrente sobre la propiedad, pero se aplica un impuesto de transferencia de 3% sobre inmuebles por encima de ~USD 28,571

Cómo funciona el sistema

Sistema fiscal
Territorial
Ingresos extranjeros
En gran medida fuera del ámbito (territorial)
Impuestos según la ciudadanía
No
Impuesto de salida
No
Normas CFC
No
CRS
No participante

Los tipos que figuran debajo son cifras de referencia indicativas (marginal máximo, general y tipo de referencia), revisadas en 2026-07. Los tramos, los recargos y los impuestos estatales, provinciales o cantonales varían; considérelo un mapa de referencia, no asesoramiento.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo del impuesto sobre la renta en El Salvador?

El tipo marginal máximo del impuesto sobre la renta personal en El Salvador es 30%. Progresivo de 0–30%. Sigue el principio territorial, lo que significa que el impuesto suele gravar solo la renta de fuente salvadoreña.

¿Cuál es el tipo del impuesto de sociedades en El Salvador?

El tipo nominal del impuesto de sociedades es 30%.

¿Grava El Salvador las plusvalías?

Plusvalías para personas físicas: 10% fijo (se grava como renta ordinaria si el activo se vende dentro de los 12 meses siguientes a su adquisición).