América del Sur
Uruguay: panorama fiscal
El sistema es en general territorial para las personas físicas, con una exención fiscal temporal para nuevos residentes sobre la renta extranjera y un régimen tributario estable y moderado.
Formas de mudarse a Uruguay
Las vías de residencia y ciudadanía que llevan aquí, sopesadas con el panorama fiscal de arriba.
Los impuestos
- IRPF (tipo máximo)
- 36%La renta del trabajo se grava en una escala progresiva de hasta 36%. La renta de inversión y de capital, como intereses, alquileres y ganancias, tributa a una tasa fija de 12%. La renta extranjera queda, en gran medida, fuera del alcance del impuesto para las personas físicas.
- Impuesto de sociedades
- 25%
- Ganancias de capital
- Una tasa fija de 12%.
- IVA
- 22%
- Dividendos (retención)
- 7%
- Intereses (retención)
- 7%–12%
- Cánones (retención)
- 12%
- Seguridad social (empleado)
- Alrededor de 18.1%–23.1% (BPS).
- Seguridad social (empleador)
- Alrededor de 12.6% (BPS).
- Impuesto sobre el patrimonio
- El Impuesto al Patrimonio se aplica a los activos situados en Uruguay, en torno a 0.1%–0.4% para las personas físicas.
- Sucesiones / patrimonio hereditario
- Ninguno, aunque un impuesto de transmisión ITP de 2% se aplica a los inmuebles.
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Se aplica una contribución inmobiliaria municipal, junto con un impuesto ITP de 2% sobre las transmisiones.
- Otros
- Los nuevos residentes obtienen una exención temporal. La renta extranjera queda, en la práctica, exenta en el año de la mudanza y hasta 10 años después, y luego tributa a 6%. También existe la opción de una tasa fija de 7%.
Cómo funciona el sistema
- Sistema fiscal
- Territorial
- Ingresos extranjeros
- En gran medida fuera del ámbito (territorial)
- Impuestos según la ciudadanía
- No
- Impuesto de salida
- No
- Normas CFC
- Sí
- CRS
- Participante
Régimen especial para recién llegados
Es una exención fiscal temporal para nuevos residentes fiscales. Otorga trato de IRNR, en la práctica nulo, sobre las rentas pasivas de fuente extranjera durante el año de llegada más diez años adicionales. Son 11 años en total, para quienes pasen a ser residentes desde el 1 de enero de 2026. Después, la opción es o bien alrededor de 6% durante cinco años, o bien una suma anual fija de IRPF.
Los tipos que figuran debajo son cifras de referencia indicativas (marginal máximo, general y tipo de referencia), revisadas en 2026-07. Los tramos, los recargos y los impuestos estatales, provinciales o cantonales varían; considérelo un mapa de referencia, no asesoramiento.
Fuentes (2)
Referencias secundarias