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Constitución de sociedades en Eslovaquia

Conviene a fundadores que quieren una sociedad operativa creíble de la UE y la eurozona, con poco capital. Deberían estar dispuestos a gestionar las formalidades eslovacas de notarización, firma electrónica y traducción.

Última verificación julio de 2026

De un vistazo

Entidad
Sociedad de responsabilidad limitada (spoločnosť s ručením obmedzeným, s.r.o.) — el vehículo por defecto para fundadores extranjeros; de 1 a 50 socios, responsabilidad limitada a las aportaciones.
Impuesto de sociedades
Impuesto de sociedades por tramos (desde 2025 y vigente en 2026): 10% sobre la base imponible de hasta 100.000 €, 21% de 100.000 € a 5 millones € y 24% por encima de 5 millones €. Se aplica además un impuesto de sociedades mínimo (alternativo) con independencia del beneficio, de 340 € hasta 11.520 € según el tramo de ingresos. IVA general del 23%.
Plazo de constitución
De 2 a 5 días hábiles en el tribunal registral una vez presentada la solicitud electrónica completa; prevea tiempo adicional para la licencia de actividad y para la apostilla y traducción de los documentos extranjeros.
Capital mínimo
5.000 € en total, con una aportación mínima de 750 € por socio. Desde 2016 no se exige confirmación bancaria del depósito en el momento de la inscripción: basta con una declaración escrita del administrador del capital.
Administrador residente
No se exige administrador residente. El administrador (konateľ) debe ser persona física; no hay requisito de residencia eslovaca ni de nacionalidad de la UE. Los socios pueden ser personas físicas o jurídicas extranjeras.
Auditoría
Auditoría legal solo si la sociedad supera dos de tres umbrales en dos ejercicios consecutivos: activo total superior a 1.000.000 €, cifra neta de negocio superior a 2.000.000 € y 30 o más empleados de media. La mayoría de las s.r.o. pequeñas están exentas.
Constitución a distancia
Se puede constituir a distancia, pero no de forma trivial: todas las presentaciones registrales son electrónicas y deben llevar firma electrónica cualificada (eIDAS). Los documentos fundacionales necesitan firmas legitimadas; los firmantes extranjeros sin firma electrónica eIDAS suelen recurrir a documentos apostillados con traducción jurada al eslovaco y a un poder a favor de un agente local.
Tasa oficial
Tasa judicial de 220 € por la inscripción electrónica de la s.r.o. (única vía; tarifa vigente desde el 1 de abril de 2024); unos 204,06 € si se presenta a través de un notario que actúe como registrador. Un nuevo régimen del Registro Mercantil con efectos desde el 17 de agosto de 2026 encarece los costes (se informa de una tasa judicial de unos 270,60 € más IVA).
Ideal para
Conviene a fundadores que quieren una sociedad operativa creíble de la UE y la eurozona, con poco capital. Deberían estar dispuestos a gestionar las formalidades eslovacas de notarización, firma electrónica y traducción.

El proceso

  1. Reservar la denominación, acordar la escritura y los estatutos y nombrar al administrador o administradores, con las firmas legitimadas.
  2. Obtener las licencias de actividad (živnostenské oprávnenie) para las actividades previstas y asegurar un domicilio social con el consentimiento del propietario.
  3. Presentar la solicitud electrónica de inscripción ante el tribunal registral con firma electrónica cualificada y pagar la tasa judicial de 220 €.
  4. Recibir el extracto del Registro Mercantil y después darse de alta en el impuesto de sociedades (y en el IVA si procede) y abrir una cuenta bancaria.
Qué puede salir mal
  • El 17 de agosto de 2026 entra en vigor una reforma de calado: verificación obligatoria por identidad electrónica de todo firmante, plazos de presentación más estrictos, tasas más altas y un régimen sancionador más severo; los fundadores no residentes deben presupuestar más tiempo y coste a partir de esa fecha.
  • El atractivo tipo del 10% del tramo bajo convive con un impuesto de sociedades mínimo que hace que la sociedad deba pagar incluso en un ejercicio con pérdidas, y el tramo superior del 24% muerde por encima de 5 millones €.
  • Poner en marcha a un fundador extracomunitario exige casi siempre apostillas, traducciones juradas al eslovaco y bien una firma cualificada eIDAS, bien un poder local: el papeleo, y no la tasa estatal, es el verdadero motor del coste y del calendario.

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