Omán · Régimen fiscal
IRPF de Omán (Decreto Real 56/2025)
Es una ley promulgada, no una propuesta. El Royal Decree No. 56/2025 fue emitido por Su Majestad el Sultán Haitham bin Tarik el 22 de junio de 2025 y publicado en la Gaceta Oficial el 30 de junio de 2025. Se suele describir como una simple propuesta solo porque no entra en vigor hasta el 1 de enero de 2028, y el Reglamento Ejecutivo, previsto para alrededor del 30 de junio de 2026, parece llevar retraso. La ley abarca 76 artículos repartidos en 16 capítulos.
Es el acontecimiento de mayor calado en la región. No porque el 5% mueva la aguja en la aritmética de una familia UHNW, sino porque rompe el viejo tabú del Golfo sobre el impuesto cero a la renta. Omán dio el primer paso. El precedente ya existe para cualquier otro Estado del GCC bajo presión fiscal, y Baréin ya cobra un DMTT del 15%. Cualquier estructura cuyo argumento entero descanse en un impuesto personal cero permanente carga ahora con un riesgo que nadie ha puesto en precio.
Vías de calificación
El 5% solo se aplica al importe que supera los 42.000 OMR (unos 109.000 USD) de renta bruta anual. La Autoridad Tributaria prevé que el 99% de la población no se verá afectada.
Los datos
- Mínimo
- 42k OMR
- Coste total estimado
- El 5% del ingreso por encima de OMR 42,000 a partir de 2028. La cifra en sí es irrelevante para una familia UHNW. El precedente que sienta, no.
- Tipo de vía
- Régimen fiscal, no es un visado
- Plazo
- 1.5 años (En vigor desde el 1 de enero de 2028. El Reglamento Ejecutivo sigue pendiente y parece haber superado su fecha límite.)
- Presencia física
- La definición de residencia se establecerá en el Reglamento Ejecutivo, que aún no se ha publicado.
- Familia
- No aplica. Es un régimen tributario individual.
- Residencia permanente
- No aplica
- Ciudadanía
- No aplica
- Prueba de idioma
- No aplica
- Doble nacionalidad
- No permitida: tendría que renunciar
- Requisitos
- Residencia fiscal en Omán, según la defina el Reglamento Ejecutivo pendiente
- El alcance está sin resolver. Todavía no se sabe si Omán gravará la renta mundial o solo la renta de origen omaní para los residentes fiscales. Esa sola pregunta determina si la residencia omaní sigue siendo viable para una familia UHNW.
- El Reglamento Ejecutivo debía publicarse dentro del año siguiente a la publicación, alrededor del 30 de junio de 2026, y parece llevar retraso. Planificar sin él es planificar a ciegas.
- La lectura estratégica importa más que la tasa. Los clientes deberían evaluar la residencia en el Golfo partiendo de que la promesa permanente de no gravar la renta es una decisión política, no una garantía constitucional.
- Se contemplan deducciones y exenciones para educación, salud, herencias, zakat, donaciones y vivienda principal. El detalle, sin embargo, está en el reglamento pendiente.