Omán · Régimen fiscal

IRPF de Omán (Decreto Real 56/2025)

Propuesto Última verificación julio de 2026

Es una ley promulgada, no una propuesta. El Royal Decree No. 56/2025 fue emitido por Su Majestad el Sultán Haitham bin Tarik el 22 de junio de 2025 y publicado en la Gaceta Oficial el 30 de junio de 2025. Se suele describir como una simple propuesta solo porque no entra en vigor hasta el 1 de enero de 2028, y el Reglamento Ejecutivo, previsto para alrededor del 30 de junio de 2026, parece llevar retraso. La ley abarca 76 artículos repartidos en 16 capítulos.

Es el acontecimiento de mayor calado en la región. No porque el 5% mueva la aguja en la aritmética de una familia UHNW, sino porque rompe el viejo tabú del Golfo sobre el impuesto cero a la renta. Omán dio el primer paso. El precedente ya existe para cualquier otro Estado del GCC bajo presión fiscal, y Baréin ya cobra un DMTT del 15%. Cualquier estructura cuyo argumento entero descanse en un impuesto personal cero permanente carga ahora con un riesgo que nadie ha puesto en precio.

Vías de calificación

42k OMR
5% sobre la renta que exceda de 42.000 OMR

El 5% solo se aplica al importe que supera los 42.000 OMR (unos 109.000 USD) de renta bruta anual. La Autoridad Tributaria prevé que el 99% de la población no se verá afectada.

Los datos

Mínimo
42k OMR
Coste total estimado
El 5% del ingreso por encima de OMR 42,000 a partir de 2028. La cifra en sí es irrelevante para una familia UHNW. El precedente que sienta, no.
Tipo de vía
Régimen fiscal, no es un visado
Plazo
1.5 años (En vigor desde el 1 de enero de 2028. El Reglamento Ejecutivo sigue pendiente y parece haber superado su fecha límite.)
Presencia física
La definición de residencia se establecerá en el Reglamento Ejecutivo, que aún no se ha publicado.
Familia
No aplica. Es un régimen tributario individual.
Residencia permanente
No aplica
Ciudadanía
No aplica
Prueba de idioma
No aplica
Doble nacionalidad
No permitida: tendría que renunciar
Requisitos
Residencia fiscal en Omán, según la defina el Reglamento Ejecutivo pendiente
Qué puede salir mal
  • El alcance está sin resolver. Todavía no se sabe si Omán gravará la renta mundial o solo la renta de origen omaní para los residentes fiscales. Esa sola pregunta determina si la residencia omaní sigue siendo viable para una familia UHNW.
  • El Reglamento Ejecutivo debía publicarse dentro del año siguiente a la publicación, alrededor del 30 de junio de 2026, y parece llevar retraso. Planificar sin él es planificar a ciegas.
  • La lectura estratégica importa más que la tasa. Los clientes deberían evaluar la residencia en el Golfo partiendo de que la promesa permanente de no gravar la renta es una decisión política, no una garantía constitucional.
  • Se contemplan deducciones y exenciones para educación, salud, herencias, zakat, donaciones y vivienda principal. El detalle, sin embargo, está en el reglamento pendiente.
Fuentes (1)

Camino a la residencia permanente y la ciudadanía

Residencia permanente. No aplica

Ciudadanía. No aplica

Prueba de idioma. No aplica

Doble nacionalidad. No permitida: tendría que renunciar

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener la ciudadanía a través del IRPF de Omán (Decreto Real 56/2025)?

No aplica. Se aplica un requisito de idioma: no aplica.

¿Cuánto cuesta el IRPF de Omán (Decreto Real 56/2025)?

La inversión mínima exigida es de 42k OMR. El 5% del ingreso por encima de OMR 42,000 a partir de 2028. La cifra en sí es irrelevante para una familia UHNW. El precedente que sienta, no.

¿Cuánto tiempo debo permanecer en Omán?

La definición de residencia se establecerá en el Reglamento Ejecutivo, que aún no se ha publicado.

¿A quién puedo incluir en la solicitud?

No aplica. Es un régimen tributario individual.

Antes de comprometer capital en esto

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