Panamá · Régimen fiscal
Sistema tributario territorial de Panamá
Panamá sigue siendo territorial como regla general. Pero la Ley 526 del 28 de mayo de 2026 introduce requisitos de sustancia económica y de reporte para entidades de grupos multinacionales que obtienen rentas pasivas del exterior, con vigencia a partir del año fiscal 2027.
Panamá no grava en absoluto las rentas de fuente extranjera. No hay trampa de remesas, no hay reloj non-dom y no hay una tasa plana destacada que negociar. Eso lo hace estructuralmente más simple que los regímenes uruguayo, italiano o griego. La verdadera exposición aquí es reputacional y bancaria, no fiscal.
Vías de calificación
Por lo general, 183 días en un año natural, o establecer una vivienda permanente y el centro de interés económico en Panamá.
Los datos
- Coste total estimado
- Sin costo más allá de obtener la residencia y un certificado de residencia fiscal.
- Tipo de vía
- Régimen fiscal, no es un visado
- Plazo
- 1–6 meses (Un certificado de residencia fiscal de la DGI suele tomar algunos meses. Exige evidencia de presencia real y vínculos genuinos con Panamá.)
- Presencia física
- Se necesitan 183 días para un certificado de residencia fiscal. El estatus migratorio en sí exige mucho menos.
- Familia
- Esto aplica a la persona individual. Cada miembro de la familia debe establecer su residencia por separado.
- Residencia permanente
- No aplica. Este es un régimen fiscal, no un estatus migratorio.
- Ciudadanía
- No aplica.
- Prueba de idioma
- No aplica.
- Doble nacionalidad
- Permitida
- Requisitos
- 183 días de presencia en un año calendario, o una vivienda permanente junto con su centro de intereses económicos aquíun certificado de residencia fiscal de la DGI, si necesita probarlo ante un socio de un tratadoLa renta de fuente extranjera debe provenir genuinamente del exterior. Los ingresos obtenidos por gestionar activos mientras se está físicamente presente en Panamá pueden recalificarse como renta local.
- La residencia migratoria y la residencia fiscal son cosas distintas. Los programas de residencia de Panamá casi no exigen presencia. Un certificado de residencia fiscal panameño exige 183 días y vínculos reales. Tener la tarjeta mientras sigue viviendo en un país de alta tributación no le sirve de nada. Incluso puede contar como un factor agravante ante la autoridad fiscal de su país de origen.
- Panamá permaneció en la lista del Anexo I de la UE de jurisdicciones fiscales no cooperativas en la revisión de febrero de 2026. Espere un escrutinio más cercano, el rechazo de algunos bancos y contrapartes de la UE, y posibles recargos de retención por parte de pagadores de la UE.
- La Ley 526 de 2026 es la primera grieta real en el sistema tributario territorial de Panamá. A partir del año fiscal 2027, aplica a entidades dentro de grupos multinacionales. Eso significa un impuesto del 15% sobre las rentas pasivas del exterior cuando no se cumplen los requisitos de sustancia. Las rentas del exterior de las personas físicas parecen intactas por ahora, pero la dirección es de un solo sentido, y cabe esperar un mayor estrechamiento.
- Panamá participa en el CRS y comparte información con otras autoridades fiscales. La tributación territorial no significa secreto.
- La sombra reputacional de los Panama Papers todavía pesa sobre las relaciones bancarias una década después. Abrir cuentas en otros lugares siendo residente fiscal panameño es, de forma medible, más difícil que hacerlo como, digamos, un residente uruguayo.